viernes, 5 de octubre de 2012

Nueva Ley de Costas, nueva catástrofe ambiental.

En gobierno del PP nos trae una nueva reforma de la Ley de Costas; una reforma antisocial y antiecológica empujada desde los despachos de la gran industria del ladrillo para volver a intentar dar alas al "Tsunami urbanizador" que nos ha llevado a la catástrofe ambiental (y ahora social) que vive gran parte del litoral del estado español, desde Málaga a Girona.

Aquí el anteproyecto: descargar

Aquí un resúmen (extraído de elpais.com) de las novedades de la Ley del "señor" Arias Cañete:

Las claves de la reforma

La primera reforma de calado de la Ley de Costas desde que entró en vigor en 1988 incluye importantes novedades. Incluido el nombre. Ahora se llama pomposamente Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral. En general, salva lo ya construido con una concesión casi eterna y sin las restricciones actuales. Estas son sus claves.

  •     Núcleos amnistiados. La reforma excluye 10 núcleos de viviendas que dejarán de ser dominio público marítimo-terrestre. Lo hace sin un informe técnico ni una explicación amplia de por qué se han elegido. Se trata de casos muy conflictivos, como El Palo y Pedregalejo (Málaga), la Marina de Empuriabrava (Girona) (ver gráfico). Solo en estas zonas hay unas 10.000 viviendas que se salvan de la piqueta.
  •     Trato especial. Formentera tendrá un deslinde especial por su “especial configuración geológica”. Es una de las zonas de Baleares menos urbanizadas y el ministerio cree que aplicando la ley hasta ahora vigente casi toda quedaría protegida.
  •     Más años. Las decenas de miles de casas construidas legalmente sobre el dominio público marítimo-terrestre (la playa) antes de la Ley de Costas recibieron una concesión de 30 años o de 60 años. Como empiezan a caducar en 2018, Medio Ambiente les dará otros 75 años a cambio de un pequeño canon que está aún por definir.
  •     Venta de viviendas. Los concesionarios de las casas podrán venderlas (estaba prohibido) y hacer reformas, si no aumentan su volumen ni altura.
  •     Menos protección. Medio Ambiente autoriza a reducir en las rías la servidumbre de protección de 20 a 100 metros “en atención a las características topográficas o hidrográficas”. Esgrime que esa es la distancia en los ríos. Así salva muchos problemas en los núcleos rurales de Galicia que estaban afectados por la Ley de Costas y que ahora se libran.
  •     Más industria. Las industrias (“extractiva, energética, química, petroquímica, textil y papelera”) situadas en dominio público deberán superar un informe ambiental para prorrogar la concesión. Este trámite deja en manos de la comunidad autónoma la continuidad de la polémica papelera de Ence en Pontevedra, con concesión hasta 2018. Si la Xunta de Galicia da el visto bueno, la prórroga de Costas durante otros 75 años será automática.
  •     Planes municipales. La reforma permite al delegado del Gobierno suspender los planes municipales que invadan el dominio público. El Gobierno se refiere a este punto como “cláusula anti-Algarrobicos”. Falta por ver si ese punto superaría un recurso ante el Constitucional y si las demarcaciones de Costas tiene capacidad suficiente para supervisar uno a uno los planes municipales y dan la alerta a tiempo.
  •     Menos dominio público. La ley excluye del dominio público las “dunas artificiales y las dunas muertas”, lo que reducirá la zona pública en lugares como Doñana. Además, limita la definición del alcance de los mayores temporales conocidos parta establecer el dominio público. Hasta ahora, Costas recurría a veces a vestigios fósiles para demostrar que hasta allí llegaba el mar y, por tanto, debía ser dominio público. Ahora solo lo serán si hay “referencias comprobadas” de que allí llegaba el mar.
  •     Salinas y acuicultura. La ley exime a las salinas e instalaciones de acuicultura de ser terreno público al señalar que “no pasarán a formar parte del dominio público marítimo-terrestre aquellos terrenos que sean inundados artificial y controladamente, como consecuencia de obras o instalaciones realizadas al efecto, siempre que antes de la inundación no lo fueran”.
  •     Registro de la Propiedad. La ley obliga a la Administración a incorporar en el Registro de la Propiedad todos los deslindes. La falta de ese trámite había generado muchos problemas a los compradores que denunciaban que no habían sido informados.
  •     Chiringuitos. Los chiringuitos y demás instalaciones desmontables de la playa recibirán un permiso cada cuatro años en vez de anualmente, como hasta ahora. Más adelante previsiblemente se modificará el reglamento de la ley y ahí sí que se puede ampliar la superficie de estos establecimientos.
  •     Diferentes tipos de playas. El Ministerio de Medio Ambiente distinguirá entre dos tipos de playas en un reglamento posterior: las playas urbanas y las que están rodeadas de espacios protegidos. En estas últimas la regulación será más estricta.

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